
En la actualidad, muchas personas enfrentan la presión de empresas contratadas por sus acreedores para cobrar deudas de manera extrajudicial. Estos cobros, a menudo acompañados de intereses abusivos y llamados constantes, se vuelven un verdadero tormento para los deudores. El contacto reiterado, que puede llegar a ser diario e incluso amenazante, busca que los deudores firmen acuerdos de pago sin garantías o reconozcan deudas que no les corresponden.
Es fundamental recordar que en Argentina no existe la prisión por deudas. Aunque es cierto que las deudas deben ser honradas, esto no puede llevarnos al extremo de poner en riesgo nuestra salud, estabilidad emocional o la posibilidad de llevar una vida digna. En este sentido, el acreedor tiene derecho a reclamar judicialmente lo que se le debe, pero siempre bajo ciertos límites que protege la ley.
Embargos: ¿Qué se puede embargar y qué no?
En caso de una acción judicial, los acreedores pueden embargar bienes del deudor para cubrir la deuda, pero hay importantes restricciones que debemos conocer. Por ejemplo, el salario es inembargable si no supera el Salario Mínimo Vital y Móvil, y si lo supera, solo se puede embargar un 20% del sueldo mensualmente hasta cubrir el monto adeudado.
En cuanto a los bienes del hogar, la ley también establece que no se pueden embargar herramientas de trabajo (como una máquina de coser, si se utiliza para generar ingresos) ni aquellos elementos considerados esenciales para la subsistencia familiar, tales como la cocina, estufa, aire acondicionado, televisor, heladera, computadora y teléfono celular. Esto quiere decir que, en caso de embargo, solo se podrían llevar los bienes excedentes, es decir, aquellos que no son necesarios para la vida diaria.
Acoso de Cobradores: ¿Hasta Dónde Pueden Llegar?
En ocasiones, los acreedores intentan llegar a acuerdos extrajudiciales antes de recurrir a la vía legal, y para ello es común que te llamen por teléfono o te envíen mensajes solicitando explicaciones sobre la falta de pago. Sin embargo, estos llamados deben realizarse de forma respetuosa y nunca deben convertirse en una amenaza o acoso constante. Si los nuevos acuerdos que te proponen incluyen intereses o multas excesivas, es recomendable contar con asesoramiento jurídico o contable antes de firmar cualquier documento, ya que podrías estar reconociendo deudas bajo condiciones abusivas.
Lamentablemente, en los últimos tiempos, con el auge de la inteligencia artificial y el bajo costo de las comunicaciones automatizadas, algunas empresas han comenzado a abusar del contacto telefónico. Subcontratan a terceros para que, de manera ilegal, realicen hasta diez llamados o mensajes diarios, detallando bienes que podrían embargar, como la patente de tu automóvil o tu sueldo en tal empresa. Esto constituye un abuso, y si las amenazas coactivas —como la posibilidad de embargar bienes que son necesarios para tu subsistencia— persisten, es clave realizar una denuncia para frenar estas prácticas ilegales.
Conclusión
Es importante pagar las deudas, pero esto no significa que debamos someternos a abusos o vivir con miedo a perder todo lo que tenemos. La ley argentina protege a los deudores y establece límites claros para los embargos, tanto de sueldos como de bienes esenciales del hogar. Si estás siendo acosado por llamadas constantes o recibes amenazas injustas, recuerda que tienes derecho a defenderte legalmente y evitar que te hagan firmar acuerdos ilegítimos.